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Portal de Acceso a la Información Pública y Transparencia | Universidad Nacional Arturo Jauretche
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Ventanilla Electrónica

¿Qué es información pública?

Es información relacionada con programas, decisiones, acciones y todo tipo de dato contenido en documentos en cualquier formato (texto, imagen, etc.) que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los sujetos obligados de la Ley 27.275 de Acceso a la Información, salvo aquellas excepciones previstas en el artículo 8 y el decreto reglamentario 206/2017.

¿Qué es el derecho de acceso a la información?

Es el derecho que tiene toda persona a buscar y recibir información en manos del Estado y de los sujetos obligados por la Ley de 27.275. De esta manera, las personas pueden conocer las transformaciones que impulsa el Estado, cómo trabaja y qué bienes y servicios pone a disposición.

El acceso a información presupuestaria, de control y administración de recursos permite que la población pueda monitorear el desempeño de la gestión y participar en el desarrollo de políticas para mejorar la calidad de vida de la sociedad.

Garantizar el acceso a la información permite que todos y todas puedan ejercer derechos como la salud, educación, justicia, entre otros.

¿Quiénes tienen la obligación de brindar información?

  • La Administración Pública Nacional.
  • Las instituciones de la seguridad social.
  • Las empresas y sociedades del Estado.
  • Las empresas y sociedades en las que el Estado es socio.
  • Las empresas privadas que dan servicios públicos.
  • Las instituciones o los fondos administrados por el Estado.
  • Las empresas, partidos políticos, sindicatos, universidades y cualquier entidad privada a la que se le hayan dado fondos públicos.

¿Quiénes pueden pedir información?

Todas las personas podemos solicitar información. No es necesario explicar el motivo por el cual te interesa obtener la información, ni acreditar un interés especial en el tema.

Las consultas deberán ser enviadas a: transparencia@unaj.edu.ar

El plazo para recibir la respuesta es de 15 días hábiles desde que se realizó el pedido, pudiendo el organismo solicitar 15 días hábiles más de prórroga.

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